Hacienda lleva detrás de los alquileres sin declarar durante los
últimos años. De hecho, la recaudación por arrendamientos se ha
incrementado hasta los 522 millones de euros, un 40,5%
más que en 2014. La Agencia Tributaria confirmó que ha exigido a 136.000
contribuyentes que realicen nuevas declaraciones por el IRPF de 2016
relacionado con los alquileres, sobre todo el alquiler vacacional.
Si no quieres verte sorprendido por una carta de Hacienda, te recomendamos cómo declarar los ingresos procedentes del alquiler:
Sea alquiler de larga duración, de corta estancia o alquiler
turístico hay que reflejarlo en la declaración en la declaración de la
renta como rendimientos del capital inmobiliario. Se podrán deducir todos los gastos necesarios para la obtención de esos rendimientos.
Otra cosa es que con el alquiler turístico, si se presten servicios complementarios, sí tendrán que cobrarse con IVA al inquilino.
El propietario, entonces, se tendrá que dar de alta en el impuesto de
actividades económicas para poder cobrar y declarar el IVA. Los ingresos
serán considerados como rendimientos de actividades económicas, para lo
que hay que presentar una declaración trimestral del IRPF.
Los servicios complementarios son: restaurante, limpieza, lavado de
ropa y análogos; servicios de limpieza del interior del apartamento;
servicios de cambio de ropa prestado con periodicidad semanal.
Esto supone prestar servicios como un establecimiento hotelero, por
lo que se tendrán que cumplir estos requisitos: emitir factura por cada
estancia; aplicar el IVA del 10% al precio del alojamiento.
Si vas a alquilar tu vivienda a una empresa, también debes saber que podrás tributar menos por IRPF y no se pagará IVA
No hay comentarios:
Publicar un comentario